Laserfiche WebLink
J3elaciones_.Laborales (Department of Industrial Relations). Comuniquese con el-Departamento de Relaciones <br />Laborales en: www.dir.ca.gov/ para conocer m6s acerca de este beneficio adicional. <br />Es posible que las actividades como voluntario, en sus horas libres, recreacionales, sociales o atleticas <br />no esten cubiertas bajo la compensaci6n laboral. <br />Si se lastima: <br />Obtenga atenci6n medica. Si necesita primeros auxilios, comuniquese con su empleador. Si necesita atenci6n <br />urgente, pida ayuda de inmediato. <br />Informe sobre su lesion. Informe de inmediato a su supervisor sobre su lesi6n. No demore en hacerlo; existen <br />limites de tiempo. Si espera demasiado, puede perder los derechos que tiene a recibir beneficios. Su empleador <br />tiene que proporcionarle un formulario de reclamaci6n a m6s tardar un dia laborable despu6s de que est6 <br />enterado de su lesion, y tambi6n debe autorizar el tratamiento a m6s tardar un dia laborable despu6s de que <br />usted le entregue una copia del formulario Ileno y firmado. El plazo de prescripcl6n para presentar una <br />reclamaci6n de compensation laboral es de un afio a partir de la fecha de la lesi6n o, si esta se debe a <br />exposiciones repetidas, un afio a partir del momento en que usted se dio cuenta o debi6 darse cuenta de que su <br />trabajo caus6 la lesion. <br />Vea a su medico tratante. Su medico tratante primario es el m6dico con la responsabilidad global de tratar su <br />lesi6n o enfermedad. 1�I o ella est6n a cargo de mantener la continuidad de su atenci6n, asi como de remitirlo a <br />los especialistas. Si su empleador tiene una Red de Proveedores Medicos (MPN, por sus siglas en ingles) <br />aprobada, es posible que ellos puedan limitar sus opciones de medicos tratantes, que retengan el control medico, <br />y que le exijan que se atienda con un medico de la MPN desde el principio. (Una MPN es una red escogida de <br />proveedores de atenci6n medica que proveen tratamiento a los empleador que se lesionan en el trabajo. <br />Consulte con su empleador para obtener m6s informacion sobre su MPN). De to contrario, su empleador tiene el <br />derecho de escoger el medico que to tratar6 a usted por Jos primeros 30 dias. Si su empleador no tiene una MPN <br />aprobada y usted desea cambiar de medico en los primeros 30 dias despu6s de presentar su reclamaci6n, su <br />administrador de reclamaciones debe escoger un medico nuevo en un lapso de cinco dias despu6s de que usted <br />to solicite. <br />Si usted le proporcion6 a su empleador el nombre de su medico personal antes de sufrir la lesi6n y tiene seguro <br />medico de grupo al momento de la lesi6n, usted puede tratarse con su medico personal incluso si su empleador <br />tiene una MPN aprobada. Su medico personal debe ser un medico general o un medico internista, pediatra, <br />ginecobstetra o medico de familia con certificado de especialidad o que haya completado su especialidad, o un <br />grupo medico con multiples especialidades con doctores o licenciados en medicina, y debe haberlo tratado y <br />tener sus antecedentes medicos y su historia clinica antes de su lesi6n laboral y tambien debe estar de acuerdo <br />en tratarlo par una lesion o enfermedad laboral. Si su empleador no tiene una MPN aprobada y usted le dio a su <br />empleador por escrito el nombre de su quiropr6ctico o acupunturista personal antes de sufrir la lesi6n, usted <br />puede cambiarse al quiropr6ctico o acupunturista cuando to solicite. Si todavia necesita recibir atenci6n medica <br />luego de 30 dias, quiz6s pueda cambiarse a un medico de su propia election. <br />Para mayor comodidad, se adjuntan a este documento formularios opcionales para predesignar a su medico <br />personal o a un grupo medico con multiples especialidades con doctores o licenciados en medicina. Tambien se <br />adjuntan formularios para predesignar a su acupunturista o quiropr6ctico personal si su empleador no cuenta con <br />una red de proveedores medicos. Por ley, no se permite que Jos quiropr6cticos Sean el medico tratante luego de <br />24 visitas. <br />Discriminaci6n: Es ilegal que su empleador to castigue o to despida por sufrir una lesion o enfermedad laboral, <br />por presentar una reclamaci6n, o por testificar en el caso de compensaci6n laboral de otra persona. Si se <br />determina que su empleador ha cometido discriminaci6n, usted puede tener derecho a que se le reincorpore a su <br />puesto de trabajo con pagos retroactivos, una mayor compensaci6n, y costos y gastos. Es posible que usted <br />tenga otros derechos bajo la Ley de Protection para Personas Discapacitadas (ADA, por sus siglas en ingles) o <br />la Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda (FEHA, por sus siglas en ingles). Para obtener m6s informacion, <br />comuniquese con FEHA al (800) 884-1684 o con la Comisi6n de Igualdad de Oportunidades Laborales (EEOC, <br />por sus siglas en ingles) al (800) 669-3362. Puede obtener information gratuita de un funcionario de information <br />y ayuda de la Divisl6n de Compensation Laboral de su estado. Puede escuchar information grabada y una lista <br />de las oficinas locales Ilamando sin costo al (800) 736-7401 o averiguar m6s en Iinea en: http://www.dir.ca.gov. <br />W04NFI16 <br />travelers.com <br />The Travelers Indemnity Company y sus filiales de seguros generales/patrimoniales. One Tower Square, Hartford, <br />© 2016 The Travelers Indemnity Company. Todos los derechos reservados. Travelers y el logolipo con Is sombrlll <br />marcas registradas de The Travelers Indemnity Company an los EE. UU. y otros pa ses. CE- 10277 Rev. 10-2016 <br />Pagina 2 of 6 <br />lUek Ma�gemimfDitrieion <br />REVIEWED&ryrA�PPRD� MBY. <br />Risk Management Analyst <br />